/ martes 25 de agosto de 2020

El engaño de los derechos de autor

Por: Julia Astudillo

Ya no se necesita ningún recurso legal para que acusar que se están infringiendo derechos de autor. Tan sólo con el recurso “notificación y retirada” que aprobó el Senado a finales de junio por iniciativa de Ricardo Monreal, cualquiera puede pedir que se baje el contenido de la red. Esto ya se veía en YouTube cuando cualquier usuario subía un material registrado, la plataforma lo eliminaba.

Lo que preocupa a las defensoras de derechos digitales, entre ellas R3D y Artículo 19 es la censura detrás de esta aparente defensa de autoría. Debido a su activismo, el 3 de agosto la Comisión Nacional de los Derechos Humanos presentó una acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas a la Ley Federal de Derecho de Autor y al Código Penal Federal.

En México ya se vio un caso en 2018 donde acusaron de plagio al portal Página 66 por publicar una nota donde se acusaba a Grupo Altavista de defraudación fiscal.

Mediante este recurso, el portal tuvo que bajar la nota. Ahora la empresa quedó marcada como autoritaria al censurar un contenido. Sí, la empresa logró que se eliminara el contenido donde se acusó a Grupo Altavista de fraude fiscal y se mencionó un contrato mensual por dos millones de pesos con el exgoberandor Alejandro Moreno Cárdenas, alias “Alito”, por servicio de videovigilancia para Campeche. La empresa se promociona como una agencia de marketing que limpia tu imagen en la red, su publicidad en Facebook dice: “¿Hay notas en internet que dañan tu imagen?”, ¿ahora, cómo limpiará esto?

Del debate del “Derecho al olvido”, podemos ver el uso de un recurso turbio como el de notificación y retirada, donde se argumenta la protección de los derechos de autor. ¿Pero de quiénes? La académica Irene Soria, representante mexicana ante el Consejo de la Red Global Creative Commons, ha criticado esta supuesta protección. Sí se protegen obras respaldadas por grandes empresas, pero aquellas que son creadas por los artistas de a pie, no, ha dicho.

“¿Cómo es que YouTube reconoce estas obras? ¿Cómo se crea esa base de datos?” Son algunas de las preguntas que lanza Soria. De la misma forma cuestionamos, quién está al pendiente de lo que se plagia. “Detrás de la defensa de los derechos de autor, hay intereses corporativos”, aseveró la académica.

La red R3D señala en su sitio que este mecanismo de “notificación y retirada” ha sido utilizado históricamente para remover contenidos y publicaciones de interés público, lo que atenta contra la libertad de expresión y acceso a la información. Porque después de que llega esta solicitud, se debe bajar el contenido, el sitio acusado puede meter una “contranotificación”, pero debe eliminar el contenido de internet en lo que se hace el proceso. Ojalá, la CNDH logré que este mecanismo se fortalezca y no cualquiera pueda acusar de un aparente plagio.


Consultora en temas de tecnología

Por: Julia Astudillo

Ya no se necesita ningún recurso legal para que acusar que se están infringiendo derechos de autor. Tan sólo con el recurso “notificación y retirada” que aprobó el Senado a finales de junio por iniciativa de Ricardo Monreal, cualquiera puede pedir que se baje el contenido de la red. Esto ya se veía en YouTube cuando cualquier usuario subía un material registrado, la plataforma lo eliminaba.

Lo que preocupa a las defensoras de derechos digitales, entre ellas R3D y Artículo 19 es la censura detrás de esta aparente defensa de autoría. Debido a su activismo, el 3 de agosto la Comisión Nacional de los Derechos Humanos presentó una acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas a la Ley Federal de Derecho de Autor y al Código Penal Federal.

En México ya se vio un caso en 2018 donde acusaron de plagio al portal Página 66 por publicar una nota donde se acusaba a Grupo Altavista de defraudación fiscal.

Mediante este recurso, el portal tuvo que bajar la nota. Ahora la empresa quedó marcada como autoritaria al censurar un contenido. Sí, la empresa logró que se eliminara el contenido donde se acusó a Grupo Altavista de fraude fiscal y se mencionó un contrato mensual por dos millones de pesos con el exgoberandor Alejandro Moreno Cárdenas, alias “Alito”, por servicio de videovigilancia para Campeche. La empresa se promociona como una agencia de marketing que limpia tu imagen en la red, su publicidad en Facebook dice: “¿Hay notas en internet que dañan tu imagen?”, ¿ahora, cómo limpiará esto?

Del debate del “Derecho al olvido”, podemos ver el uso de un recurso turbio como el de notificación y retirada, donde se argumenta la protección de los derechos de autor. ¿Pero de quiénes? La académica Irene Soria, representante mexicana ante el Consejo de la Red Global Creative Commons, ha criticado esta supuesta protección. Sí se protegen obras respaldadas por grandes empresas, pero aquellas que son creadas por los artistas de a pie, no, ha dicho.

“¿Cómo es que YouTube reconoce estas obras? ¿Cómo se crea esa base de datos?” Son algunas de las preguntas que lanza Soria. De la misma forma cuestionamos, quién está al pendiente de lo que se plagia. “Detrás de la defensa de los derechos de autor, hay intereses corporativos”, aseveró la académica.

La red R3D señala en su sitio que este mecanismo de “notificación y retirada” ha sido utilizado históricamente para remover contenidos y publicaciones de interés público, lo que atenta contra la libertad de expresión y acceso a la información. Porque después de que llega esta solicitud, se debe bajar el contenido, el sitio acusado puede meter una “contranotificación”, pero debe eliminar el contenido de internet en lo que se hace el proceso. Ojalá, la CNDH logré que este mecanismo se fortalezca y no cualquiera pueda acusar de un aparente plagio.


Consultora en temas de tecnología