/ viernes 19 de febrero de 2021

Guardia Nacional. ¿Transparencia… a medias?

Por: Keyla Vargas

El 6 de octubre de 2020, durante la Reunión del Gabinete de Seguridad, se presentó y aprobó la Instrucción Presidencial para que la Secretaría de la Defensa Nacional ejerciera el control operativo de la Guardia Nacional y se redefiniera la distribución de los organismos que continuarían siendo operados por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).

Entre las inconsistencias mencionadas en el documento presentado por Andrés Manuel López Obrador, destacaban dos directamente relacionadas con la vigilancia y control del personal por áreas especializadas de la propia Guardia: “actos de indisciplina sin acciones inmediatas de los mandos” y “El Comandante de la Guardia Nacional y los Coordinadores Estatales no supervisan sistemática e integralmente el despliegue operativo”.

Las observaciones del presidente no eran infundadas. Un par de semanas después de su encuentro con el Gabinete de Seguridad, el 27 de octubre la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió la Recomendación No. 50/2020, sobre violaciones ocurridas en el mes de enero de 2020 durante dos operativos migratorios en Chiapas, en los cuales participaron guardias nacionales. Sumado a lo anterior, la Guardia Nacional se había vuelto el foco de atención después de los enfrentamientos con manifestantes en la presa La Boquilla, en Chihuahua, que tuvieron como resultado personas heridas y la muerte de una mujer en septiembre de 2020.

Los datos reportados por la propia Institución confirman la confusión para evaluar los estándares de eficiencia en términos de uso de la fuerza del personal. En este sentido, el Colectivo de Análisis de la Seguridad con Democracia AC (CASEDE) realizó una serie de solicitudes de información a través del INAI a la Guardia Nacional para conocer los registros sobre protocolos y medidas de uso de la fuerza por esta institución en el marco del proyecto Analizando Políticas de Seguridad Ciudadana. En respuesta a la solicitud de información 2800100068720, la Guardia muestra dos registos contrastantes sobre el número de casos en los que se hizo uso de la fuerza por parte de agentes de la Guardia Nacional.

Por una parte, el registro de la Unidad de Órganos Especializados por Competencia, quien suministra e integra las bases de datos de la Institución, registró 246 casos en el año 2020 repartidos en 9 entidades federativas: Baja California (73), Chihuahua (6), Chiapas (13), Ciudad de México (6), Estado de México (64), Guanajuato (58), Puebla (10), Sinaloa (6) y Veracruz (10). Por otra parte, se encuentra la información proporcionada por las Coordinaciones Estatales, cuya función principal es mantener oportunamente informado al Titular de la Coordinación Territorial al que se encuentren adscritas. Éstas reportan 669 casos divididos en 4 estados: Chihuahua (3), Guanajuato (61), Sinaloa (604) y Puebla (1).

Existen diferentes posturas con respecto a homologar registros asministrativos en el caso de las instituciones de seguridad pública. El principal beneficio, en términos de la rendición de cuentas y del acceso a información, es que sirve para observar tendencias en las actuaciones de su personal operativo. Esto representa un gran reto administrativo, entre otras razones, por las dificultades para el levantamiento de información, pero sobre todo, por la manera en que se integran las áreas responsables de alimentar los registros. Por lo que toca a la Guardia Nacional, la Instrucción Presidencial no contribuye a la coordinación, ya que el mismo tipo de información se recopila por dos áreas controladas y operadas por dos Secretarías diferentes: La Unidad de Organismos Especializados por Competencia permaneció en el organigrama de la SSPC, mientras que las Coordinaciones Regionales están a cargo de la SEDENA. ¿Quién es la autoridad responsable de inspeccionar el desenvolvimiento de los agentes en campo? ¿Por qué la diferencia tan notable de registros? En julio de 2021 se cumplirá el segundo año de inicio de operaciones de la Guardia Nacional y todo apunta a que la separación de funciones dentro de la institución continúa siendo un misterio.

*Coordinadora de proyectos del Colectivo de Análisis de la Seguridad con Democracia. A.C.

Por: Keyla Vargas

El 6 de octubre de 2020, durante la Reunión del Gabinete de Seguridad, se presentó y aprobó la Instrucción Presidencial para que la Secretaría de la Defensa Nacional ejerciera el control operativo de la Guardia Nacional y se redefiniera la distribución de los organismos que continuarían siendo operados por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).

Entre las inconsistencias mencionadas en el documento presentado por Andrés Manuel López Obrador, destacaban dos directamente relacionadas con la vigilancia y control del personal por áreas especializadas de la propia Guardia: “actos de indisciplina sin acciones inmediatas de los mandos” y “El Comandante de la Guardia Nacional y los Coordinadores Estatales no supervisan sistemática e integralmente el despliegue operativo”.

Las observaciones del presidente no eran infundadas. Un par de semanas después de su encuentro con el Gabinete de Seguridad, el 27 de octubre la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió la Recomendación No. 50/2020, sobre violaciones ocurridas en el mes de enero de 2020 durante dos operativos migratorios en Chiapas, en los cuales participaron guardias nacionales. Sumado a lo anterior, la Guardia Nacional se había vuelto el foco de atención después de los enfrentamientos con manifestantes en la presa La Boquilla, en Chihuahua, que tuvieron como resultado personas heridas y la muerte de una mujer en septiembre de 2020.

Los datos reportados por la propia Institución confirman la confusión para evaluar los estándares de eficiencia en términos de uso de la fuerza del personal. En este sentido, el Colectivo de Análisis de la Seguridad con Democracia AC (CASEDE) realizó una serie de solicitudes de información a través del INAI a la Guardia Nacional para conocer los registros sobre protocolos y medidas de uso de la fuerza por esta institución en el marco del proyecto Analizando Políticas de Seguridad Ciudadana. En respuesta a la solicitud de información 2800100068720, la Guardia muestra dos registos contrastantes sobre el número de casos en los que se hizo uso de la fuerza por parte de agentes de la Guardia Nacional.

Por una parte, el registro de la Unidad de Órganos Especializados por Competencia, quien suministra e integra las bases de datos de la Institución, registró 246 casos en el año 2020 repartidos en 9 entidades federativas: Baja California (73), Chihuahua (6), Chiapas (13), Ciudad de México (6), Estado de México (64), Guanajuato (58), Puebla (10), Sinaloa (6) y Veracruz (10). Por otra parte, se encuentra la información proporcionada por las Coordinaciones Estatales, cuya función principal es mantener oportunamente informado al Titular de la Coordinación Territorial al que se encuentren adscritas. Éstas reportan 669 casos divididos en 4 estados: Chihuahua (3), Guanajuato (61), Sinaloa (604) y Puebla (1).

Existen diferentes posturas con respecto a homologar registros asministrativos en el caso de las instituciones de seguridad pública. El principal beneficio, en términos de la rendición de cuentas y del acceso a información, es que sirve para observar tendencias en las actuaciones de su personal operativo. Esto representa un gran reto administrativo, entre otras razones, por las dificultades para el levantamiento de información, pero sobre todo, por la manera en que se integran las áreas responsables de alimentar los registros. Por lo que toca a la Guardia Nacional, la Instrucción Presidencial no contribuye a la coordinación, ya que el mismo tipo de información se recopila por dos áreas controladas y operadas por dos Secretarías diferentes: La Unidad de Organismos Especializados por Competencia permaneció en el organigrama de la SSPC, mientras que las Coordinaciones Regionales están a cargo de la SEDENA. ¿Quién es la autoridad responsable de inspeccionar el desenvolvimiento de los agentes en campo? ¿Por qué la diferencia tan notable de registros? En julio de 2021 se cumplirá el segundo año de inicio de operaciones de la Guardia Nacional y todo apunta a que la separación de funciones dentro de la institución continúa siendo un misterio.

*Coordinadora de proyectos del Colectivo de Análisis de la Seguridad con Democracia. A.C.